miércoles, 29 de mayo de 2013

Solicitud al Defensor del Pueblo para que haga cumplir la jornada laboral a los médicos del Servicio Extremeño de Salud (SES)

OFICINA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

Calle Zurbano, 42 - 28010 Madrid

Asunto: Solicitud para que se formule RECOMENDACIÓN del Defensor del Pueblo al Gobierno de Extremadura por vulneración del derecho fundamental a la igualdad ante la ley y la no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social que ampara el Título I de la Constitución española.

Ref. número de registro 13037701 de fecha 30/05/2013

Quien la presente suscribe, en el ejercicio de los derechos que me ampara la legislación, ante Usted comparece y, como mejor proceda, EXPONE:

1.- Que el Gobierno de Extremadura vulnera el derecho fundamental a la igualdad y la no discriminación que ampara el Título I de la Constitución española, en concreto su capítulo segundo, sección 1.ª, que trata de los derechos fundamentales y de las libertades públicas; derechos fundamentales y libertades públicas que gozan de una especial protección.

2.- Que los derechos fundamentales y libertades públicas contemplados en el Título I, capítulo segundo, sección 1.ª, son vulnerados por el Gobierno de Extremadura al consentir tratos desiguales y discriminatorios, en relación a la aplicación de la Ley PGE 2/2012 de 29 de junio (que establece que la jornada general de trabajo del personal del sector público de todas las administraciones no puede ser inferior a 37 horas y media semanales de trabajo efectivo en cómputo anual) y en función a la categoría profesional, a la Consejería en la que prestan sus servicios los empleados públicos o el centro de trabajo en el  que estos desarrollan su actividad laboral.

3.- Que quien la presente suscribe considera una desigualdad manifiesta y una discriminación que la Administración obligue a fichar mediante reloj a todos los trabajadores de las Consejerías de Fomento y Agricultura, y obligue a parte de los colectivos sanitarios a que cumplan con la nueva jornada laboral; y, sin embargo, otros colectivos como los médicos no lo hagan con el consentimiento del Gobierno de Extremadura como así han denunciado públicamente los sindicatos con representación en la Junta de Extremadura (DOC 1).

4.- Que quien la presente suscribe considera una desigualdad discriminatoria e incomprensible que el Gobierno de Extremadura no cuente con un instrumento de control de la gestión de la jornada unificado para todos los empleados públicos de la institución, esto es, un sistema idéntico y que imposibilite la aplicación diferenciada de la ley en función a la categoría profesional, a la Consejería en la que prestan sus servicios los empleados públicos o el centro de trabajo en el que estos desarrollan su actividad laboral.

Por todo ello SOLICITO:

A.- Que tenga por presentado este escrito y acuerde admitirlo, teniendo por reproducido en este solicita todo aquello que en  el expone se recoge.

B.- Que se proceda por esa oficina del Defensor del Pueblo a llevar a cabo las actuaciones pertinentes al objeto de garantizar los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución española, en especial el relativo a la igualdad y la no discriminación que se produce por el Gobierno de Extremadura al consentir tratos desiguales y discriminatorios, en relación a la aplicación de la Ley PGE 2/2012 de 29 de junio (que establece que la jornada general de trabajo del personal del sector  público de todas las administraciones no puede ser inferior a 37 horas y media semanales de trabajo efectivo en cómputo  anual) y en función a la categoría profesional, a la Consejería en la que prestan sus servicios los empleados públicos o el centro de trabajo en el que estos desarrollan su actividad laboral; pues es una desigualdad manifiesta y una discriminación que la Administración obligue a fichar mediante reloj a todos los trabajadores de las Consejerías de Fomento y Agricultura, y obligue a parte de los colectivos sanitarios a que cumplan con la nueva jornada laboral; y, sin embargo, otros colectivos como los médicos no lo hagan con el consentimiento del Gobierno de Extremadura como así han denunciado públicamente los sindicatos con representación en la Junta de Extremadura (DOC 1).

C.- Que se formule RECOMENDACIÓN del Defensor del Pueblo al Gobierno de Extremadura para que el Gobierno de Extremadura se dote de un instrumento de control de la gestión de la jornada unificado para todos los empleados públicos de la institución, esto es, un sistema idéntico y que imposibilite la aplicación diferenciada de la ley en función a la categoría profesional, a la Consejería en la que prestan sus servicios los empleados públicos o el centro de trabajo en el que estos desarrollan su actividad laboral.

En espera de su pronta y siempre grata respuesta a lo solicitado, reciba un cordial saludo.

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DOC 1.-

Junta y sindicatos renegocian la jornada de 37,5 horas en el SES. Homogeneizar la jornada laboral para todas las profesiones  sanitarias ya que, a día de hoy, la aplicación de las 37,5 horas "no se cumple por igual" según la profesión o el área  sanitaria

Satse denuncia que hay médicos que incumplen el acuerdo de las 37,5 horas. Asegura que mientras los enfermeros cumplen hay  otros colectivos sin control horario

Denuncian la diferente aplicación de la jornada de 37,5 horas en el SES. Los enfermeros se quejan de "estar cumpliendo" los horarios cuando otros colectivos como los médicos "no lo hacen"

Los sindicatos entregan al SES una propuesta conjunta sobre la aplicación de la jornada de 37,5 horas.Entre otros puntos se  incluye volver al cómputo horario anterior a la llegada del SES

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